El retorno de la Ley mordaza
Los enanos
quieren callar al amo . . .
Votarán diputados mexicanos ley que podría llevar a la cárcel a quienes
critiquen a candidatos
Reforma al Artículo 412 Bis del Código Penal
mexicano podría hacer que se dicte prisión a personas que injurien o denuesten
a los candidatos electorales; la interpretación de la ley deja una laguna en la
que una crítica puede ser considerada como un insulto ilegal.
Bajo la
máxima de que las leyes están para el servicio de quien las hace, los
legisladores mexicanos se disponen a votar mañana una controversial propuesta
que podría proteger a los candidatos e instituciones electorales de todo
insulto, injuria y difamación, pero que en su redacción arbitraria podría
también entender una crítica como una violación a la ley y, en un eco de los
Estados represivos del siglo pasado, hacer que personas que cuestionen
seriamente a los candidatos puedan ir a la cárcel. La iniciativa apoyada por el
PRI pone en entredicho la libertad de expresión probablemente en aras de una
elección en la cual el partido que lleva la ventaja en las encuestas busca
blindarse.
El texto de
la modificación al Código Penal Federal propuesto por el PRI es el siguiente:
«Artículo
412 Bis. Se impondrán de cien a doscientos días de multa y prisión de uno a
seis años a quien injurie o difame a las instituciones, autoridades
electorales, partidos políticos, precandidatos, candidatos o coaliciones; si el
responsable fuese funcionario electoral, funcionario partidista, precandidato, candidato
o servidor público, la pena será de 200 a 300 días de multa y prisión de dos a
nueve años».
Denise
Maerker escribe en El Universal:
«Qué tal! ¿Y
qué entienden por injuriar? El dictamen dice: “Injuria es toda expresión
proferida o acción ejecutada en deshonra, descrédito o menosprecio de otra
persona. Lo fundamental no es la efectiva deshonra, descrédito o menosprecio
que resulta difícil de constatar, sino la intención del sujeto”. ¿Cómo
separamos la crítica de la injuria? ¿Cómo para expresar disgusto o
desaprobación respecto de cualquier autoridad o candidato? Imaginemos: plena
campaña, las encuestas van cerradas y en un mitin de un candidato presidencial
un ciudadano cualquiera se le acerca y se pone a gritarle que es un corrupto,
vendido y ladrón. No tiene cómo probarlo, desde luego, es su íntima convicción,
y él es militante de otro partido y defensor de otro candidato. ¿Corre el
riesgo de irse seis años a la cárcel?».
¿Es esta
reforma a la ley una estocada estratégica del PRI, una forma de desestimular el
uso de fusiles en las elecciones, mantenerse por la segura sombra y culminar en
la alta silla, con el camino ya zanjado? Quizás sabiendo que solo una
estrategia ofensiva-agresiva en su contra puede quitarles el triunfo, e
invocando la arbitrariedad legislativa, puesto que incluso estas palabras
podrían tal vez, en este texto, bajo cierta lectura sesgada y dentro de la
interpretación legal, considerarse una injuria a su “honorable” e intocable
persona.
Según
informa la revista EMET, el
diputado federal del PRI, Arturo Zamora Jiménez, quien propone la iniciativa
para sancionar con cárcel a quien en pleno uso de su libertad de expresión
ofenda o difame a precandidatos, candidatos y partidos, fue vinculado en 2006
por la DEA con el crimen organizado. Lo cual no debe de sorprendernos, en
cambio está en sintonía con esta propuesta de ley gangsteril.
El Universal también
reporto en el 2006 que “Según el reporte de la DEA,
Arturo Zamora armó un grupo de protección con 12 policías para proteger a
narcotraficantes, mismo que ‘estaba manejado por Rodolfo Ramírez Vargas’, quien
en ese entonces fungía como jefe de la Policía de Zapopan con licencia hasta el
15 de julio”.
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